En caso de divorcio o separación, y aunque sea de mutuo
acuerdo, a menudo surgen problemas con el reparto de los bienes o la custodia
de los hijos pero, ¿qué pasa con las mascotas que comparten el hogar familiar?
Reparto de la mascota por la vía legal
*Dependerá de muchos factores. “si la mascota la adquirió
uno de los cónyuges antes de casarse, el animal será de aquel que lo adquirió, el
propietario deberá acreditar mediante algún documento la pertenencia del
animal, y la otra parte no tendrá derecho a reclamar derechos sobre éste,
*En el caso de que la mascota se comprara o adoptara
durante el matrimonio, sería propiedad de los dos, ahí entraría la sensibilidad
del juez: debe de valorar ante todo el bienestar de los menores, por lo que si
hay niños lo normal es que se lo quede el cónyuge que tenga la guarda y
custodia de los niños.
Pero, ¿qué pasa si la pareja que se divorcia no tiene
hijos o estos ya se han independizado? En este caso, la pertenencia dependerá
del libre albedrío para el juez.
Fuente: Web consultas.
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